¿Cómo incluir el alquiler en la Renta 2020-2021?

El 7 de abril empieza la Campaña de la Renta 2020-2021 y son muchos los que se preguntan cómo incluir el alquiler. Si tienes una vivienda o quieres desgravar su pago, esto te interesa, porque podrías pagar menos de IRPF.

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Propietarios
El 7 de abril empieza la Campaña de la Renta 2020-2021 y son muchos los que se preguntan cómo incluir el alquiler. Si tienes una vivienda o quieres desgravar su pago, esto te interesa, porque podrías pagar menos de IRPF.

El 7 de abril empieza la Campaña de la Renta 2020-2021 y son muchos los que se preguntan cómo incluir el alquiler. Si tienes una vivienda o quieres desgravar su pago, esto te interesa, porque podrías pagar menos de IRPF.


Guía: aprende a incluir el alquiler en la declaración de la Renta


A partir del día 7 ya se puede solicitar el borrador de la Renta telemáticamente. De hecho, Hacienda pone a disposición de los usuarios un simulador, Renta Web Open, para que cada uno sepa si le saldrá a pagar o a devolver.


Recordemos, que será una campaña un tanto inusual, dado que muchos trabajadores en ERTE se encontrarán con que, al haber tenido dos pagadores, su empresa y el SEPE, tendrán que devolver una parte de su dinero.  


Por lo tanto, es importante que tanto propietarios como inquilinos estén preparados para esta nueva campaña que está a punto de empezar. Si tienes alguna duda, a continuación encontrarás la respuesta: 


¿Pueden los inquilinos desgravar el alquiler?


Una de las maneras de pagar menos impuestos en la declaración, es deducir el alquiler como inquilino. Recordemos que, partimos de dos tramos, estatal y autonómico, por lo que podemos encontrarnos con interesantes deducciones para cada uno.


Claro que, para poder tener derecho a esta desgravación estatal, el requisito es haber firmado el contrato de alquiler antes del día 1 de enero de 2015. Existe esta fecha límite porque tras eso se eliminó la deducción. Pero para quienes tengan un alquiler largo, podría ser interesante de cara a pagar menos.


No obstante, para tener derecho a ello el contrato debe estar en vigor. En cuanto a la deducción, será de un 10,05% del importe si la base imponible es inferior a los 24.107,20 euros al año. Se trata de una deducción estatal, no autonómica. 


Es una ayuda interesante para las personas que tienen un alquiler en curso, por lo que es importante hablarlo con la gestoría porque podrías pagar menos en la Renta o incluso te podría salir a devolver. 


En el caso de los arrendadores, ¿cómo tienen que gestionar la Renta?


Los propietarios también deben prestar especial atención de cara a la declaración de la Renta. Y es que, las rentas obtenidas con cada mensualidad, se deben incluir obligatoriamente en la Declaración de la Renta


Para Hacienda es considerado un ingreso en forma de rendimiento de capital inmobiliario, por lo que exige cuantificar todos estos ingresos de manera periódica en la declaración de la Renta. 


¿Cómo se hace? En el borrador, simplemente hay que restar los gastos deducibles de los ingresos recibidos. Los ingresos suponen la suma de las 12 cuotas anuales del alquiler. Mientras que, en materia de gastos, tenemos: IBI, comunidad de propietarios, seguros, intereses de préstamos hipotecarios, reformas… 


Por otro lado, hay que tener en cuenta que si el arrendamiento se realiza como una actividad económica, ya no se sería cuantificado en forma de capital inmobiliario, sino que, en ese caso, habría que declararlo como tal.


¿Qué otros elementos relacionados con la vivienda se pueden desgravar?


Lo cierto es que en cada campaña de la Renta nos encontramos con novedades en esta materia. Una de las más recientes, fue el poder desgravarse Internet, además de otros gastos que pueden ser fiscalmente deducibles.


Por ejemplo, en el caso de los autónomos, pueden deducirse los gastos del local o, si teletrabajan en casa, un % correspondiente respecto a su actividad. Es decir, la parte correspondiente de los suministros, reformas que realice, etc. 


Es una información valiosa que puede hacer que propietarios, inquilinos y autónomos paguen menos en la declaración de la Renta. O incluso puede ser la diferencia entre que te salga a pagar o a devolver. 


> Intenta estar siempre al tanto de las novedades


En Rentger ponemos a disposición de nuestros usuarios, inquilinos y propietarios, un software de gestión del alquiler para que ambos puedan llevar un seguimiento completo de los ingresos y de los gastos. Es una forma de tener todo más detallado, ya sea para llevar un mejor control mensual o de cara a la Declaración de la Renta.


También es interesante trabajar de la mano de una gestoría que realice todos estos trámites por ti, para que puedas asegurarte de que todo está bien presentado y pagas lo mínimo posible, tanto si eres propietario como inquilino.


En cualquier caso, rodearse de un buen software de gestión de pisos de alquiler siempre te ayuda, porque te permite llevar un control total sobre ingresos y gastos, lo que puede facilitar la comprobación de datos con Hacienda. 


Esperamos que esta información sobre la gestión del alquiler en la Renta te haya sido de ayuda, tanto si eres propietario como inquilino. 


¿Te ha quedado alguna duda? Recuerda que con nuestro software podrás llevarlo mucho mejor, dado que nada te cogerá por sorpresa.


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