¿Cada cuánto subir el precio del alquiler?

Para una correcta gestión pisos alquiler, necesitas fijar el precio adecuado y subirlo conforme al mercado. Pero, ¿cada cuanto se puede o se debe subir? ¿Anualmente? ¿Cuándo se actualiza el contrato?

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Contratos
Para una correcta gestión pisos alquiler, necesitas fijar el precio adecuado y subirlo conforme al mercado. Pero, ¿cada cuanto se puede o se debe subir? ¿Anualmente? ¿Cuándo se actualiza el contrato?

Para una correcta gestión pisos alquiler, necesitas fijar el precio adecuado y subirlo conforme al mercado. Pero, ¿cada cuanto se puede o se debe subir? ¿Anualmente? ¿Cuándo se actualiza el contrato? Veamos:


Precio del alquiler: cada cuanto subirlo


Antes de nada, debes saber que la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos por el Real Decreto Ley 7/2019 con fecha 1 de marzo, establece que el contrato de alquiler de una vivienda tiene una duración de 5 años para personas físicas y de 7 años para personas jurídicas. ¿Qué quiere decir esto? Que mientras el contrato esté vigente, arrendador y arrendatario deben cumplirlo a rajatabla.


Actualización anual conforme al IPC


El importe de la renta aparece en el contrato y forma parte de un acuerdo entre las dos partes. Por lo tanto, no se puede subir al antojo del arrendador, sino que solo se puede actualizar aplicando el % correspondiente a la actualización del Índice de Precios al Consumo (IPC). Si sube, se podrá subir en consecuencia.


Para hacer la subida, se toma como referencia el último índice a fecha de actualización de contrato, tal y como figura en el artículo 18.1 párrafo 3º de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Y se sube únicamente el porcentaje de diferencia.


¿Puede hacerse la subida sin consultar con el inquilino? 


En realidad, debe figurar en el contrato. Es decir, se debe contemplar por escrito la actualización de la renta conforme al IPC. Si no lo menciona en el contrato, el arrendador no podrá subir el precio, dado que no lo estará respetando. Por eso es importante hacer bien el contrato cuando alquiles tu vivienda por primera vez.


¿Quieres cambiar las condiciones? Formaliza un nuevo contrato


Lo que sí se puede hacer, es subir libremente la renta al momento de formalizar un nuevo contrato de arrendamiento. Pero no mientras esté vigente el actual, en el que no informabas de actualizaciones de la cuota con periodicidad anual, sino a duración de contrato. Simplemente, deberás avisar al arrendatario con antelación.


En el momento en el que el arrendador le pone al arrendatario las nuevas condiciones sobre la mesa, éste puede aceptarlas o no. No obstante, también debe tener en cuenta que a medida que pasan los años, el coste de vida sube y los precios también. Por lo que, es posible que no solo suba el precio su casero, sino que lo hagan todos, por la subida del IPC y la ley de la oferta y la demanda.


Es entendible que el arrendador quiera ajustar la renta al precio de mercado, dado que si llevaba 5 o 7 años recibiendo la misma cuantía, evidentemente está obsoleta y muy fuera de mercado. Pero es el inquilino quien decide si acepta o no.


De hecho, el inquilino puede aceptar, rechazar o querer renegociar las condiciones propuestas. En ese caso, deberá valorar si le merece la pena hacer la mudanza a otra vivienda o si puede encontrar algo que esté igual o mejor y le cueste menos.


Por parte del dueño del inmueble, es importante escuchar la contraoferta y hacer una valoración. En el caso de que esté contento con el inquilino, igual prefiere dejar de ganar un poco al mes y asegurarse el pago del alquiler y la correcta conservación del inmueble. Por ello, deberá ponerse todo sobre la balanza.


Al fin y al cabo, si se finaliza por ambas partes, realmente ambos podrían estar perdiendo. El arrendador podría perder a un buen inquilino que paga religiosamente el alquiler y no da problemas y, el arrendatario a un buen casero, que le tiene la vivienda en unas condiciones estupendas y siempre se preocupa de que siga así.


La subida del IPC y la demanda, muy ligados a la subida del alquiler


A medida que pasan los años, los sueldos suben y todo nos cuesta más dinero, ¡es normal que los precios de los alquileres también suban! De hecho, también lo hace el recibo del IBI, el seguro de hogar, la comunidad, los suministros, etc.


Para que el inmueble sea rentable, el propietario debe actualizar la renta en la medida de lo posible. Puede decidir hacerlo cada año conforme al IPC o a la hora de renovar el contrato. Eso sí, deberá detallarse siempre en el contrato y el inquilino podrá decidir si lo acepta o no en el momento de la firma.


> Piensa en términos de rentabilidad


A mayor actualización de renta, mayor rentabilidad. No obstante, es importante hilar fino, dado que también lo es tener a un buen inquilino, que cuide el piso, haga el pago religiosamente y lo mantenga como nuevo durante mucho tiempo. Pero tampoco puedes perder dinero, dado que inviertes para ganar.


¿Qué opinas? ¿Consideras que es vital actualizar el precio de la renta cada año? No olvides probar Rentger, nuestro programa gestión arrendamientos para que no se te escape nada y obtengas la máxima rentabilidad por tus inmuebles.


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