Uno de los temas que más controversia generan en torno a los alquileres, tiene que ver con el pago de la fianza. En la siguiente guía te contamos cómo depositar y solicitar una fianza del INCASOL, para que no tengas dudas.
Uno de los temas que más controversia generan en torno a los alquileres, tiene que ver con el pago de la fianza. En la siguiente guía te contamos cómo depositar y solicitar una fianza del INCASOL, para que no tengas dudas.
La primera vez que se alquila una vivienda, es normal tener muchas dudas en torno a la misma. En Rentger, estamos siempre al lado de los usuarios para tratar de responder a todas las dudas y que el proceso de alquiler y gestión de los inmuebles se vuelva mucho más sencillo.
Por nuestra experiencia, sabemos que la fianza siempre genera inquietud y por ello queremos contarte cómo gestionarla, dado que el arrendador tiene la obligación de declarar el alquiler en el INCASOL o en el organismo correspondiente según la comunidad autónoma en la que está la vivienda.
En primer lugar, queremos aclarar que efectivamente el INCASOL es el Instituto Catalán del Suelo de Cataluña. En el caso de alquilar un inmueble en Barcelona, deberás depositar la fianza en este organismo. Mientras que en el caso de ser en otras comunidades, deberás depositar la fianza en los respectivos organismos oficiales.
Esta es una de las principales dudas que surgen. Lo cierto, es que lo más habitual es que el inquilino le entregue al propietario una fianza en forma de garantía al alquilar su piso. A partir de ahí, es el propietario quien, con la fianza recibida, debe depositarla en el organismo correspondiente.
Se puede hacer presencialmente en la cámara de la propiedad (Oficinas del INCASOL), deberás llevar el contrato y un documento que te acredite como autorizado o participe en dicho contrato. Ahí rellenarás un formulario donde en la copia que te entreguen estará el número de cuenta donde transferirá el dinero de la fianza.
La fianza se puede depositar en el INCASOL directamente online. Para ello, basta con seguir estos pasos:
¿Y si no se tiene acceso a Internet o no se dispone de conocimientos para hacerlo telemáticamente? En ese caso, se puede llevar la fianza de forma presencial en la oficina de vivienda, solicitando cita previa.
Se debe depositar en el INCASOL en un plazo de 60 días por ley desde la firma del contrato.
A pesar de que se deposite en este organismo, el propietario puede disponer de ese dinero para hacer frente a posibles daños ocasionados por su inquilino, sufragar impagos, etc. Simplemente, deberá depositarlo ahí para protección de ambas partes.
El propietario tiene la obligación de llevar la fianza que le entrega el inquilino, por lo que deberá hacerlo en ese plazo de 60 días por ley desde la fecha de firma de contrato.
De no hacerlo, se produce un incumplimiento, con una serie de sanciones por parte de la Administración. Evidentemente, no afecta al inquilino, pero el propietario se podría enfrentar a multas con importes diferentes dependiendo de la comunidad autónoma.
En el caso de Cataluña, si el ingreso del depósito se hace con posterioridad a los dos meses desde la formalización del contrato de alquiler, se establecen una serie de recargos que van desde un 5% hasta un 20% del importe de la fianza si no interviene la inspección (dependiendo de cuando se ingrese) , y si interviniesen los servicios de inspección será de un 25%. A esas cantidades habrá que sumarle los intereses de demora.
Además de estos recargos e intereses, el régimen de sanciones por no depositar la fianza de alquiler en Cataluña establece que cuando se trate de una infracción leve se impondrá una multa que no podrá superar el 35% del importe de la fianza con un límite de 3.000 euros. Y cuando se trate de una infracción grave, la multa será del 35% al 75% del importe de la fianza no depositada.
Si el inquilino es consciente de que el propietario no ha llevado la fianza a donde debería, puede denunciar. Es una obligación del propietario, pero hay quienes por desconocimiento lo omiten, por eso es importante estar al día y llevar todo con lupa.
Cuando finaliza el contrato, el propietario debe proceder a recuperar la fianza. Para ello, debe rellenar y presentar la solicitud de devolución de fianza y una fotocopia del documento público que acredite la finalización del contrato y el resguardo de depósito de la fianza. Por eso es importante conservarlo.
La fianza será devuelta por el INCASOL en un plazo de 30 días al número de cuenta que pongas en el formulario.
En el momento en el que se alquila una vivienda, es fundamental conocer los derechos y las obligaciones. Entre ellas, depositar la fianza de alquiler en el INCASOL, en el caso de Cataluña.
No obstante, para las demás comunidades es un procedimiento similar. Aunque partimos de que el procedimiento es diferente en cada región, por lo general el proceso es común, dado que hay que presentar una copia del contrato de alquiler y rellenar una solicitud en cualquier oficina de atención al ciudadano.
Si gestionas tus alquileres con Rentger, todo esto podrás tenerlo ordenado y llevarlo al día, de manera sencilla y sin sustos. Nada se te volverá a pasar por alto y, por lo tanto, evitarás posibles sanciones por despistes. Por eso es fundamental que empieces a optimizar y a ganar en tranquilidad.
¿Te ha quedado alguna duda? ¡Recuerda que estamos aquí para ayudarte!