VeriFactu se retrasa: nuevas fechas y qué significa para tu negocio

El reglamento VeriFactu llevaba meses generando dudas entre empresas y autónomos: ¿cuándo será obligatorio?, ¿tengo que cambiar ya mi programa de facturación?, ¿llego a tiempo? Con la publicación del nuevo Real Decreto-ley en el BOE se confirma lo que muchos esperaban: se amplía el plazo para adaptar los sistemas de facturación a los requisitos del Real Decreto 1007/2023. Es decir, VeriFactu se retrasa de forma oficial.

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El reglamento VeriFactu llevaba meses generando dudas entre empresas y autónomos: ¿cuándo será obligatorio?, ¿tengo que cambiar ya mi programa de facturación?, ¿llego a tiempo? Con la publicación del nuevo Real Decreto-ley en el BOE se confirma lo que muchos esperaban: se amplía el plazo para adaptar los sistemas de facturación a los requisitos del Real Decreto 1007/2023. Es decir, VeriFactu se retrasa de forma oficial.

¿Qué es VeriFactu y por qué se habla tanto de ello?

VeriFactu es el nombre con el que se conoce al reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que fija los requisitos que deben cumplir los sistemas y programas de facturación utilizados por empresarios y profesionales.  

Su objetivo es garantizar que los registros de facturación sean íntegros, trazables, inviolables y estandarizados, de forma que la Agencia Tributaria pueda verificar la información con mayor facilidad.

Para ponerlo en marcha, también se han aprobado normas técnicas y se ha ido ajustando el calendario. De hecho, ya hubo una primera modificación mediante el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, precisamente para acompasar la entrada en vigor del reglamento al desarrollo técnico y normativo disponible en ese momento.

¿Por qué se ha vuelto a aplazar VeriFactu ?

Según el BOE, la urgencia de este nuevo Real Decreto-ley se debe a que no daba tiempo a tramitar una modificación normativa antes de la fecha en la que los requisitos iban a ser exigibles (1 de enero de 2026, conforme a la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023)

Además, el propio texto reconoce que:

  • Siguen existiendo dificultades técnicas para adecuar los sistemas informáticos de facturación.
  • Es necesario garantizar una implantación ordenada y homogénea en todo el tejido empresarial, evitando que unas empresas lleguen y otras no.

Por eso se ha optado por ampliar de nuevo los plazos de forma general.

Nuevas fechas de entrada en vigor de VeriFactu

El artículo 3 del Real Decreto-ley modifica la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023 y amplía los plazos de adaptación a los requisitos de VeriFactu de la siguiente manera:

1. Empresas del Impuesto sobre Sociedades (no SII)

Para los obligados del artículo 3.1.a) del Real Decreto 1007/2023, es decir, esencialmente empresas contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que no están en el Suministro Inmediato de Información (SII):

  • La fecha límite pasa a ser el 1 de enero de 2027.

2. Resto de obligados (autónomos y otros empresarios y profesionales)

Para el resto de los obligados del artículo 3.1 del Real Decreto 1007/2023, donde se incluyen autónomos y otros empresarios y profesionales que emiten facturas:

  • La fecha límite pasa al 1 de julio de 2027.

En paralelo, se mantiene la regla de que productores y comercializadores de sistemas informáticos disponen de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024 para adaptar sus soluciones, sin perjuicio de que todo tenga que estar listo antes de las nuevas fechas límite.

¿Qué implica este aplazamiento para tu empresa o para ti como autónomo?

Aunque el titular es “se retrasa VeriFactu”, en la práctica significa:

  • La obligación no desaparece, solo se aplaza.  
  • Tienes más tiempo para adaptar tu programa de facturación, pero el estándar técnico y los requisitos ya están definidos.

En función de tu perfil:

Si eres empresa (Impuesto sobre Sociedades, no SII)

  • Tu nueva fecha objetivo es el 1 de enero de 2027.  
  • Te interesa revisar con tu proveedor de software:
    • Si tu sistema actual ya se está adaptando a VeriFactu.
    • Calendario de actualizaciones y pruebas internas.
    • Formación del equipo que usa el programa de facturación.

Si eres autónomo o empresario persona física

  • Tu nueva fecha límite es el 1 de julio de 2027.  
  • No es necesario cambiarlo todo de un día para otro, pero sí:
    • Comprobar si tu herramienta de facturación se actualizará a VeriFactu.
    • Valorar, si facturas “en manual” o con herramientas muy básicas, si te compensa migrar a una solución adaptada cuanto antes.

¿Debo hacer algo ya o puedo esperar?

El BOE reconoce que aún hay trabajo por hacer en muchos sistemas informáticos de facturación. Nuestra recomendación es aprovechar este tiempo extra para:

  1. Auditar tu sistema de facturación actual  
    • ¿Genera todos los datos que exigirá VeriFactu?  
    • ¿Permite trazabilidad y conservación segura de los registros?
  2. Hablar con tu proveedor de software  
    • Pregunta de forma explícita por la adaptación a VeriFactu y su calendario.  
    • Pide documentación o un roadmap de implantación.
  3. Planificar pruebas internas  
    • Si tienes varios centros de trabajo o diferentes equipos emitiendo facturas, organiza una prueba piloto antes de la fecha límite.
  4. Formar al equipo  
    • Cambiar el sistema de facturación no es solo una cuestión técnica: afecta a procesos y personas. Unas horas de formación pueden evitar errores y sanciones futuras.

Por último, comentaros que desde Rentger, una vez esté integrado VeriFactu podréis usarlo para la presentación voluntaria.

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